sábado, 11 de febrero de 2012

La nueva reforma laboral abarata el despido y facilita la bajada de sueldos






El Gobierno ha aprobado una nueva reforma laboral, por decreto Ley, y entrará en vigor el próximo lunes 13 de febrero, aunque posteriormente tendrá que ser refrendada en el Parlamento. Esta nueva reforma laboral abarca un gran número de campos del mercado de trabajo.
Según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, “fomenta la contratación, potencia los contratos indefinidos y flexibiliza las condiciones laborales de las empresas”. Todo ello, encaminado a intentar frenar el paro en España, que tiene ya una tasa de desempleo del 22,85% de la población activa.

Reducción de 45 a 33 días y reducción del sueldo

Con la nueva reforma, el empresario podrá reducir el sueldo de los trabajadores sin previo acuerdo si hay "probadas razones económicas, técnicas, organizativa o de producción”. Se le comunicará al trabajador con 15 días de antelación, y si éste no lo acepta, se podrá rescindir el contrato con una indemnización de 20 días por año trabajado y un máximo de nueve meses.
La novedad más significativa de la reforma laboral es la reducción de la cuantía a pagar en caso de despido improcedente improcedente. A partir de ahora, se pasa de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Así, los trabajadores con contratos firmados antes de la reforma laboral, tendrán dos tipos de indemnizaciones: 45 días para lo trabajado antes de la reforma, y 33 días para lo trabajado tras la reforma.
Igualmente, se han redefinido las causas del despido objetivo. Aunque la indemnización para este tipo de despidos se mantiene en 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades, ahora será suficiente con que la caída de ingresos o ventas en la empresa se produzca durante tres trimestres consecutivos para poder aplicar este tipo de despido.
Otro de los cambio del despido objetivo es que ahora los organismos y empresas públicas también podrán acogerse a este tipo de despido para poder echar a su personal laboral. Para el personal directivo de compañías públicas, se limita la indemnización a siete días por año trabajado, siempre que los cesados no son funcionarios, ya que en este caso no recibirán ningún tipo de indemnización, ya que volverán a ocupar su plaza normal.

Se modifican los ERE y los descuelgues de convenios

El Gobierno también ha modificado parte de los procedimientos de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). Así, ha eliminado la autorización administrativa previa para los ERE. A cambio, la empresa tendrá la obligación de comunicar a la autoridad laboral su intención de reducir la plantilla y abrir un período de consultas con los sindicatos, aunque la decisión final será del empresario.
En cuanto al descuelgue salarial de una empresa respecto al convenio por el que se rige, el empresario podrá aplicarlo, pero siempre y cuando llegue a un acuerdo previo con el comité de empresa. Igualmente, y en relación a los convenios, se elimina la prórroga automática de los mismos cuando caduquen y estén en proceso de negociación, limitándose su vigencia a dos años desde que caduque.

Lucha contra el paro juvenil y formación de los trabajadores

En cuanto a la lucha contra el paro juvenil la ministra de Trabajo, Fátima Báñez, aseguró que se ha diseñado “pensando en los ciudadanos que están en el paro y sobre todo en los jóvenes, que ahora no tienen oportunidades”. Así, se crea un nuevo tipo de contrato bonificado con una deducción de 3.000 euros para empresas con menos de 50 trabajadores y que contraten a menores de 30 años.
Por el contrario, recupera la prohibición de encadenar contratos temporales durante más de dos años, aunque esto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2013.
Entre el resto de medidas adoptadas, están:
•Derecho de cada trabajador a recibir 20 horas anuales de formación relacionadas con su puesto de trabajo.
•Se restructuran las bonificaciones existentes, dirigiéndolas especialmente a colectivos concretos, como pequeñas y medianas empresas, discapacitados o víctimas de violencia de género.
•Creación de un plan especial de lucha contra el fraude y la economía sumergida.
•Eliminación de la relación entre el grado de absentismo de un trabajador y el de la plantilla para poder justificar un despido objetivo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario