sábado, 10 de marzo de 2012

El Gobierno aprueba el "Codigo de buenas prácticas" bancarias, que incluye la dación en pago






El Gobierno, en su último Consejo de Ministros, ha dado forma al “Código de buenas prácticas” bancarias para evitar que continúe la sangría de desahucios. Así lo ha explicado la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
Con estas medidas, el Gobierno intenta poner freno a los desahucios, ya que desde 2008, cuando estalló la crisis, se estima que se han producido en España más de 300.000 ejecuciones hipotecarias.

Tres mecanismos para ayudar a las familias

A este código de buenas prácticas se podrán adherir voluntariamente las entidades bancarias que lo consideren oportuno: en un principio ninguna entidad está obligada a suscribir este código, pero se espera que, por no dar una mala imagen, la gran mayoría de entidades, sino todas, se adhieran. Eso sí, una vez que una entidad suscriba este código, será de obligado cumplimiento y los perjudicados podrán recurrir a los tribunales en caso de incumplimiento por parte de la entidad bancaria.
Este código contempla tres mecanismos para intentar aminorar el número de desahucios: la restructuración de la deuda, la quita de parte de la deuda y, como última medida, la dación en pago o entrega de la casa para saldar el total de la deuda pendiente.

Ante todo, evitar el desahucio

El primer paso que dará una entidad bancaria que haya suscrito este código, en caso de que una familia no pueda pagar la cuota hipotecaria, será la restructuración de la deuda. Entre las medidas a tomar, están la ampliación del plazo de amortización de la hipoteca hasta los cuarenta años para poder rebajar las cuotas, reducir el tipo de interés aplicado a Euribor más 0,25 puntos, e incluir un período de carencia en los pagos de cuatro años, donde el hipotecado sólo pagaría los intereses de la cuota, pero no la cuota de amortización.
Si estas condiciones no son suficientes para que una familia pueda seguir pagando la hipoteca de su vivienda, se pasaría a una segunda fase, la de la quita de parte de la deuda. Para esta segunda fase, el hipotecado podría acogerse a tres escenarios diferentes:
•La primera opción sería pedir a la entidad bancaria la cancelación de un 25% del capital pendiente de pagar.
•La segunda sería optar por una quita que dependerá del período que se haya pagado ya del crédito.
•Y por último, se podrá optar por calcular la quita en función de la tasación de la casa cuando la compró y el valor que tiene en la actualidad.
Con esta segunda fase, la de la quita, se podría conseguir ajustar la hipoteca al valor actual de la vivienda.

La dación en pago, último mecanismo

Si ninguno de los mecanismos anteriores surge efecto, como último recurso el deudor podrá solicitar la dación en pago de su vivienda. Es decir, la entrega de la vivienda a cambio de saldar la deuda total pendiente, y no como está sucediendo en la actualidad, ya que muchas familias, aun perdiendo su vivienda, siguen teniendo una deuda con el banco.
Cuando una familia entregue su vivienda al banco, podrá seguir viviendo en ella durante un período de dos años, esta vez como arrendatarios, y mientras encuentran un nuevo hogar. En este caso, el inquilino pagará como alquiler el 3% mensual de la deuda saldada.

Requisitos para las familias

Pero además de la necesidad de que las entidades bancarias se adhieran voluntariamente a este código de buenas prácticas, las familias deberán reunir una serie de requisitos para poder acogerse a estas medidas que intentan evitar el desahucio.
Así, las familias que podrán acogerse serán las que estén en “riesgo de exclusión social”: es decir, aquellas familias que tengan todos sus miembros en paro, sin actividad económica, y que sus cuotas hipotecarias superen el 60% del conjunto de sus ingresos. Por último, la vivienda deberá ser la única propiedad del hipotecado, y no podrá estar tasada en más de 200.000 euros en las ciudades de más de un millón de habitante, en más de 180.000 euros en las de más de un medio millón de habitantes; en más de 150.000 en las de más de 100.000, y en más de 120.000 en los municipios de menos de 100.000 habitantes.
Se espera que a principios de abril se conozcan las primeras entidades financieras adheridas al programa, y a partir de ahí, en los diez primeros días de enero, abril, julio y octubre de cada año el BOE publicará las nuevas entidades que se vayan adhiriendo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario